¿Qué es la COEB?

La COEB es una red de organizaciones no gubernamentales españolas que actúan en Bolivia y se define como plural, respetando la autonomía de Estatutos, misión, visión y medios de cada una de las organizaciones miembros, apartidista, sin ánimo de lucro y aconfesional.

ESTATUTOS DE LA COEB

La COEB es una red de organizaciones no gubernamentales españolas que actúan en Bolivia y se define como plural, respetando la autonomía de Estatutos, misión, visión y medios de cada una de las organizaciones miembros, apartidista, sin ánimo de lucro y aconfesional.

1. FINALIDAD Y OBJETIVOS

La COEB tiene la finalidad de coordinar las actividades de las organizaciones miembros, entre sí, con la cooperación oficial española (del Gobierno y Descentralizada), con el gobierno de Bolivia, y con otras entidades similares de Bolivia y otros países.


Los objetivos de la COEB son:

a) Controlar, vigilar e incidir sobre los Organismos Estatales españoles favoreciendo una gestión de los fondos públicos, destinados a la cooperación al desarrollo, transparente y abierta.
b) Incidir políticamente, ante las administraciones públicas españolas, el gobierno boliviano y otros organismos internacionales, en los sectores de mayor actuación e interés de las organizaciones miembros a través de posicionamientos comunes
c) Difundir ante la opinión pública, fundamentalmente española, sus análisis y/o posicionamientos sobre la situación en Bolivia y de su población, especialmente en los sectores de mayor interés y actuación de la sociedad civil Española presente en Bolivia, así como en asuntos de interés y respeto universal, como los derechos humanos y otros compromisos y derechos exigibles suscritos por el gobierno de Bolivia.
d) Analizar y difundir los aspectos de índole nacional boliviana que tengan relación con la cooperación internacional en general y española en particular.
e) Defender y apoyar bajo el marco de la legalidad el trabajo y la seguridad de las organizaciones miembros así como de las organizaciones locales aliadas.
f) Visibilizar ante la opinión pública boliviana, Española e Internacional, las actividades de cooperación para el desarrollo brindadas a través de la sociedad civil española y realizadas en Bolivia.
g) Articularse con otras redes y plataformas que tengan objetivos afines.
h) Facilitar el conocimiento mutuo de sus miembros, compartir información, promover la coordinación y complementación de sus actividades en beneficio del desarrollo de Bolivia.
i) Otros que la Asamblea establezca.

2. MIEMBROS

a. La COEB está integrada por instituciones españolas no gubernamentales de cooperación que actúan en Bolivia y que cumplen los siguientes requisitos:

- Contar con una persona física establecida de manera permanente en Bolivia que ejerza la representación legal de la institución en el país, o que al menos haya sido acreditada expresamente por tal institución para ejercer dicha función de representación ante la COEB.

- Estar afiliada a la Coordinadora de ONGDs de España (CONGDE) o a una de las coordinadoras autonómicas, en caso de no estar afiliada, haber firmado el Código de Ética de la CONGDE.


b. Podrán ser miembros de la COEB las instituciones españolas no gubernamentales de cooperación para el desarrollo que cumplan los requisitos establecidos en el párrafo 2.a. y así lo soliciten mediante una carta de autorización de ingreso dirigida a la Coordinación de la COEB. Dicha solicitud deberá ir acompañada por cartas de recomendación de dos miembros de la COEB. Asimismo, la institución postulante deberá aceptar los Estatutos de la COEB y será la Asamblea General quien decida sobre su ingreso. Una vez aprobado su ingreso en asamblea la institución deberá pagar la cuota anual estipulada finalizando de esta manera su proceso de ingreso en la COEB.

c. Todos los miembros tienen derecho a formar parte del equipo de coordinación de la COEB. Asimismo, tienen derecho a voz y voto en las Asambleas y a participar en todas las actividades de la COEB.

d. Todos los miembros de la COEB tienen la obligación de realizar el pago anual de una cuota aprobada por la Asamblea General.

e. La Asamblea General de la COEB podrá desafiliar a alguno de sus miembros por acuerdo de mayoría simple. Se consideran causas de desafiliación:

- El incumplimiento de los acuerdos asumidos por la COEB.

- El impago a lo largo de un año de la cuota de participación.

- Otras causas planteadas por al menos dos miembros de la COEB y que sean aprobadas por mayoría simple en la Asamblea General o Extraordinaria.

3. SEDE

La COEB tiene como sede la ciudad de La Paz.


4. VIGENCIA

La COEB tiene duración indefinida.


5. ORGANIZACIÓN

Asamblea

a. El órgano máximo de decisión de la COEB es la Asamblea General, que está integrada por todas las instituciones miembros, con votos unitarios por institución. Tiene las siguientes funciones:

- Aprobar o modificar los estatutos.

- Designar a las instituciones integrantes del Equipo de Coordinación. El sistema de votación establece que cada institución votará a un máximo de 5 y a un mínimo de 2 instituciones por las que quieran ser representados/as en el Equipo de Coordinación.

- Derogar al Equipo de Coordinación cuando éste no cumpla con las funciones establecidas.

- Aceptar, rechazar o desafiliar a instituciones miembros.

- Aprobar los planes anuales y las propuestas de actividades.

- Aprobar los presupuestos anuales.

- Aprobar los informes anuales presentados por el Equipo de Coordinación.

- Otras que sean necesarias para el mejor funcionamiento de la COEB.


b. Para la toma de decisiones, la Asamblea precisa de un quórum mínimo de la mitad de los miembros de la COEB. Las decisiones se toman por mayoría simple de la mitad más uno de los votos efectuados.

c. La Asamblea se reúne por lo menos una vez al año (Asamblea Ordinaria). También se reunirá de manera Extraordinaria a solicitud del Equipo de Coordinación o de por lo menos un tercio de sus miembros.


Equipo de Coordinación

a. La COEB cuenta con un Equipo de Coordinación formado por 5 instituciones miembros.

b. Los cargos del Equipo de Coordinación tendrán una duración de un año y podrán ser renovados. La institución delegará su representación en el Equipo de Coordinación en una persona de dicha institución.

c. Cada institución del Equipo de Coordinación tendrá derecho a voz y voto dentro del mismo, tomándose las decisiones por mayoría simple.

d. El equipo de coordinación es el órgano ejecutivo de la COEB y tiene las siguientes funciones:

- Convocar y dirigir las Asambleas, sean Ordinarias o Extraordinarias, levantar acta de las mismas y difundirlas, llevar un directorio de los miembros de la COEB y de las instituciones y personas relacionadas con ella, llevar el control documentario y la correspondencia de la COEB.

- Formular y proponer a la Asamblea los planes y presupuestos anuales de la COEB y coordinar el cumplimiento de éstos a través de cada una de las comisiones y grupos de trabajo creados ad hoc.

- Elaborar y actualizar el Reglamento Interno de la COEB

- Administrar los recursos económicos de la COEB y llevar el registro y control de los fondos y bienes de la red.

- Informar a los miembros de las diferentes actividades de cooperación para el desarrollo que se den en Bolivia o en España y que sean de interés de la COEB.

- Representar a la COEB ante el gobierno de Bolivia, ante los organismos oficiales y la prensa de España e Internacional y ante otras instituciones.

- Recibir, socializar, y actuar en caso necesario, las propuestas y demandas de las instituciones miembros.

- Otras funciones asignadas por la Asamblea.



6. DISOLUCIÓN

La COEB podrá disolverse por decisión de la Asamblea. En tal caso, donará sus bienes y recursos financieros a una entidad local de promoción al desarrollo designada por la Asamblea. En ningún caso los bienes y recursos podrán se distribuidos entre sus miembros o transferidos a personas particulares.


Cochabamba, 18 de Septiembre de 2009